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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 09. 41396-31-89-001-2020-00020-01 AutoReconocePersoneria Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Auto de sustanciación No. 403 Radicación: 41396-31-89-001-2020-00020-01 Ref.: Proceso de Responsabilidad Civil Contractual promovido por ANTONIO CELIS VARGAS (Litisconsorte RAFAEL RIVERA LIZARAZO) en contra de JHON JAIRO PERDOMO GONZÁLEZ Neiva, Huila, dieciocho (18) de junio de dos mil veintiséis (2026) El señor Rafael Rivera Lizarazo confirió poder al abogado Eduardo Andrés Figueria Villanueva, para que represente sus intereses al interior del proceso de la referencia. Por ser procedente, este Despacho DISPONE: RECONOCER personería al abogado Eduardo Andrés Figueroa Villanueva, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.007.438.780 de Garzón, y T.P. 456.199 del C.S.J., para actuar como apoderado del señor Rafael Rivera Lizarazo, en los términos y con las facultades conferidas en el memorial poder adjunto.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Radicación: 41001-31-03-002-2015-00053-01 Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c1ecd0a2704b8aeffae1ee8197f051e824aa2cf35c5c232f70ffa756470e3e89 Documento generado en 18/06/2026 03:05:59 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2