Micelio

auto — Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo

Radicado: Auto 2017-00352-02

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SANTA ROSA DE VITERBO SALA ÚNICA Patrimonio Histórico y Cultural de la Nación Ley 1128 de 2007 RADICACIÓN: PROCESO: INSTANCIA: PROVIDENCIA: DECISION: DEMANDANTE: DEMANDADO: PONENTE: 152383105001201700352 02 EJECUTIVO LABORAL APELACIÓN DE AUTO AUTO TRASLADO PARA ALEGAR SANDRA LILIANA NIÑO Y OTROS CASA EDITORIAL EL TIEMPO S.A JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Sala Unitaria de Decisión Santa Rosa de Viterbo, martes, once (11) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Ejecutoriado el auto que admitió el recurso de apelación contra el auto del 05 de abril de 2024, expedido por el Juzgado Laboral del Circuito de Duitama. con fundamento en el numeral 2 artículo 13 de la ley 2213 de 2022, se dispondrá el respectivo traslado a las partes para alegar por el término de cinco (5) días comunes.

Por lo expuesto, esta Sala Unitaria, R E S U E L V E: Dar traslado para alegar a las partes, por el término de cinco (5) días comunes. Notifíquese y Cúmplase, JORGE ENRIQUE GÓMEZ ÁNGEL Magistrado Ponente