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auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 087 AutoObedeceryCumplir-2020-00088

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUGA SALA LABORAL PROCESO DEMANDANTE DEMANDADO RADICACION ORDINARIO LABORAL – SEGUNDA INSTANCIA ALEJANDRA MARÍA MARTÍNEZ COLOMBINA S.A. 76-622-31-05-001-2020-00088-02 Guadalajara de Buga, diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiséis (2026). AUTO No. 87 OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, Corporación que, mediante Acta No. 42 del 13 de noviembre de 2025, NO CASA la sentencia No. 12, proferida por esta Sala Laboral el 12 de febrero de 2025.

Las costas y agencias en derecho se liquidarán tal y como se indicó en las providencias de primera y segunda instancia; esto es: a cargo de la demandada Colombina S.A. y a favor de la demandante Alejandra María Martínez. En lo que corresponde al recurso extraordinario de casación, no se fijaron agencias en derecho. En consecuencia; liquídense en los términos dispuestos en el artículo 366 del Código General del Proceso.

No habiendo más que resolver, se ordena el regreso del proceso al lugar de origen, previa cancelación en los libros respectivos.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CONSUELO PIEDRAHÍTA ALZATE Magistrada Firmado Por: Consuelo Piedrahita Alzate Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ac3c13a1a021fdd2ade49d8fcea134f75f0069348b8cdc83e8f5298514cc7cfb Documento generado en 17/03/2026 10:16:28 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica