Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: AUTO REQUIERE 67.953

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA TERCERA DE DECISIÓN LABORAL Barranquilla, Treinta y Uno (31) de Octubre de Dos Mil Veinticuatro (2.024) Magistrado: ARIEL MORA ORTIZ Radicación No. 08-001-31-05-005-2019-00167-01 (67.953 A) Se observa memorial remitido a este Colegiado por la Dra. GRACE ALEXANDRA MENDOZA AHUMADA el 22 de octubre de 2024, quién alega tener la calidad de apoderada judicial sustituta de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES -, solicitando reconocimiento de personería jurídica en la forma y términos conferidos en el mandato que anexa con su petición y en el poder otorgada por COLPENSIONES a la representante legal de la sociedad CHAPMAN WILCHES S.A.S., Dra. MIRNA WILCHES NAVARRO, a través de Escritura No. 1703 de la Notaria Treinta y Siete de Bogotá..

Al efecto, advierte la Sala que el mandato en sustitución aportado por la solicitante no se encuentra suscrito por la Dra. MIRNA WILCHES NAVARRO, tampoco se evidencia trazabilidad de que el mismo haya sido otorgado a esta en los términos establecidos en el artículo 5º de la Ley 2213 de 2022, y mucho menos se evidencia que la Dra. GRACE ALEXANDRA MENDOZA AHUMADA funja en el Certificado de Existencia y Representación legal de CHAPMAN WILCHES S.A.S como abogada adscrita de esa firma de abogados.

En ese sentido, no es posible para este Despacho determinar con certeza que la Dra. GRACE ALEXANDRA MENDOZA AHUMADA funja como apoderada judicial sustituta de la demandada. Por lo anterior, se… Radicación No. 08-001-31-05-005-2019-00167-01 (67.953 A)

RESUELVE

PRIMERO: REQUERIR a la Dra. GRACE ALEXANDRA MENDOZA AHUMADA para que dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia, allegue a este despacho a través de su Secretaría, la sustitución de poder debidamente conferida que acredite con certeza la calidad en la que actúa. Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de este proveído.

ARIEL MORA ORTIZ Magistrado 2