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auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310301920250024401 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL – DESPACHO 08 Lugar y fecha Proceso: Radicado: Demandante: Demandados: Medellín, doce (12) de junio de dos mil veintiséis (2026) Verbal 05001310301920250024401 Ana Julia Rueda Ibarra Paula Andrea Rodríguez Rueda - Reiber Josué Suárez Pinto - Herederos Indeterminados de Juan Clímaco Arias Ramírez - Soley Mancilla Viveros en calidad de representante legal del menor D. M. A. M. Heredero determinado de Juan Clímaco Arias Ramírez Admite apelación Decisión: Magistrada sustanciadora: Adriana Largo Taborda Realizado el estudio preliminar de que tratan los artículos 321, 322 y 323 del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación formulado por la parte demandante, contra la sentencia proferida por el Juzgado Diecinueve Civil del Circuito de Oralidad de Medellín el 12 de mayo de 2026.

De conformidad con el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, se concede a la apelante el término de CINCO (5) días, contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que sustente en esta instancia su recurso, so pena de que se declarare desierto, en atención a lo expuesto por la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia en sentencias STC9311 de 2024, STC20851 de 2025 y STC139 de 2026, al realizar una interpretación conjunta de la referida norma y de los artículos 322 y 327 del Código General del Proceso.

Radicado 05001310301920250024401 De la sustentación se correrá traslado a la contraparte, por el término de CINCO (5) días, lo cual se realizará por Secretaría, aunque el recurrente hubiera actuado conforme al parágrafo del artículo 9° de la Ley 2213 de 2022. Compártase el enlace del expediente a los correos electrónicos cjiabogados1@gmail.com, harry@montoyacardenas.com, contacto@justiciaparatodos.co.

Surtido lo anterior, ingrésese nuevamente el expediente al Despacho para continuar con el trámite que corresponda. Notifíquese y cúmplase (Firmado electrónicamente) ADRIANA LARGO TABORDA Magistrada Firmado Por: Adriana Del Socorro Largo Taborda Magistrada Sala 008 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 35ecc2491560cd7a1d27f8c5ffc4b041ab2bf309a22b10c1074bddeeae75ce79 Documento generado en 12/06/2026 04:20:48 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica