Ordinario Laboral 41001-31-05-003-2018-00548-01 Elider Valenzuela Valenzuela TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL Neiva, veinticinco (25) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Proceso Ordinario Laboral Radicado 41001-31-05-003-2018-00548-01 Demandante Elider Valenzuela Valenzuela Demandados Administradora Colombiana Pensiones - Colpensiones de Colpensiones el 20 de enero de 2026 allegó memorial poder designando como nuevo mandatario judicial a la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2024, el cual se determina que cumple con los requisitos señalados en la Ley, por lo tanto, se procederá a reconocerle personería para actuar, conforme a las facultades otorgadas.
En consecuencia, entiéndase revocado el mandato conferido al abogado Julio Cesar Castro Vargas. De igual forma, obra sustitución de poder conferido por el representante legal de la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2024 como apoderado de Colpensiones al abogado Jhonatan Galindo Rodríguez, el cual cumple con los requisitos señalados en la Ley.
Conforme lo expuesto, RESUELVE Ordinario Laboral 41001-31-05-003-2018-00548-01 Elider Valenzuela Valenzuela PRIMERO: RECONOCER personería a la Unión Temporal Representación Jurídica Colpensiones 2024, en los términos del poder conferido por parte de Colpensiones. En consecuencia, entiéndase revocado el mandato conferido al abogado Julio Cesar Castro Vargas.
SEGUNDO: RECONOCER personería al abogado Jhonatan Galindo Rodríguez identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.075.265.773 y tarjeta profesional No. 299.401 del C. S. de la J., para actuar como apoderado sustituto de Colpensiones, en los términos y con las facultades otorgadas en la sustitución del poder adjunto.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CLARA LETICIA NIÑO MARTÍNEZ Magistrada Firmado Por: Clara Leticia Niño Martinez Magistrada Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1551aee418a942965802857bc834082e3ee795638572fbef4bc245ff26c8a665 Documento generado en 25/03/2026 03:21:49 PM Ordinario Laboral 41001-31-05-003-2018-00548-01 Elider Valenzuela Valenzuela Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica