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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 06. 412981-31-03-002-2021-00080-01 AutoReconocepersoneria Dr Robles

M.P. Edgar Robles Ramírez. 2021-00080-01 TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEXTA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL M.P. EDGAR ROBLES RAMÍREZ Proceso: EJECUTIVO CON GARANTÍA REAL Demandante: BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A. Demandado: JUAN MIGUEL CUENCA CLEVES Radicación: 412981-31-03-002-2021-00080-01 Asunto: RECONOCE PERSONERÍA Neiva, trece (13) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) En atención a la renuncia de poder allegada por la abogada MIREYA SANCHEZ TOSCANO como apoderada del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., que cumple con lo establecido en el inciso 4to del art. 76 del CGP, ésta se aceptará. Por otra parte, allegado el memorial poder conferido por LAURA CRISTINA CAMERO AGUIRRE, apoderada general del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., según poder conferido por el Vicepresidente de Crédito y Representante Legal de la referida entidad, por medio del cual se confiere representación al abogado CARLOS FRANCISCO SANDINO CABRERA, de conformidad con el art. 74 del CGP se reconocerá personería. En ese sentido, se DISPONE: 1.- ACEPTAR la renuncia de poder presentada por la abogada MIREYA SANCHEZ TOSCANO al poder conferido por la entidad ejecutante. 2.- RECONOCER personería al abogado CARLOS FRANCISCO SANDINO CABRERA con C.C. 7699039 y T.P. 102611 del C.S.J. para actuar en M.P. Edgar Robles Ramírez. 2021-00080-01 representación del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA S.A., según las facultades conferidas en el poder otorgado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE EDGAR ROBLES RAMÍREZ Magistrado Firmado Por: Edgar Robles Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Decision Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a1eda68b6ce13e688edfde41ef0b53052af05b491573754afaaa38c32527961b Documento generado en 13/08/2024 08:24:49 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica