Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 015-2012-00560-01 DRA AYALA AUTO NIEGA SOLICITUD ACLARACION

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C. veinte (20) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 11001 31 03 015 2012 00560 01. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Se niega la solicitud de aclaración1 presentada por la parte demandada, respecto de la providencia proferida por esta Corporación el 29 de septiembre de 20252, por cuanto la decisión adoptada no contiene “conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda” (art. 285 del C.G. del P.), pues es claro que al revocar la decisión adoptada por el a quo respecto de “terminar de manera anticipada” el presente asunto, lo que le corresponde a dicha autoridad judicial es continuar el trámite respectivo y decidir como en derecho corresponda respecto de la prescripción adquisitiva alegada por la parte actora, con plena observancia de lo allí decidido respecto de la imprescriptibilidad del bien.

Notifíquese y cúmplase Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., 1 Cfr. PDF 007 y 008 – Cuaderno Tribunal. 2 Cfr. PDF 005 – Cuaderno Tribunal. Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b670566bc53cafcee069c32666406db7a6b84169ba9502cb86fdfe1c50c3c12a Documento generado en 20/10/2025 10:36:19 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica