TRIBUNAL SUPERIOR DE IBAGUÉ SALA LABORAL Ibagué, cuatro de marzo de dos mil veinticinco MAGISTRADA PONENTE AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA REFERENCIA ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA DEMANDANTE FREDH VILLARREAL RIVAS DEMANDADOS POSITIVA CIA. DE SEGUROS Y OTRO RADICADO 73001 – 31 – 05 – 001 – 2023– 00231 – 01 DECISIÓN ADMITE RECURSO y CORRE TRASLADO Encontrándose el presente asunto para decidir sobre la admisibilidad del recurso de apelación formulado por la parte demandada contra el auto proferido en primera instancia el 14 de enero de 2025, encuentra la suscrita que el demandante corresponde a Fredh Villarreal Rivas, con quien existe amistad íntima, configurándose la causal de impedimento prevista en el artículo 141 del CGP, numeral 9º, por lo que la misma se separará del conocimiento de este asunto y lo remitirá al Despacho que sigue en turno, esto es, el Despacho 03 de esta Corporación y especialidad.
Por lo expuesto, la suscrita Magistrada del Tribunal Superior de Ibagué, RESUELVE 1.- DECLARARSE, impedida para conocer del presente asunto, por estar incursa en la causal del numeral 9º, del art. 141 del CGP 2. REMITIR el presente asunto al Despacho 03 de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Ibagué, quien le sigue en turno al presente Despacho.
Por Secretaría realícese los trámites pertinentes. CÚMPLASE AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Ponente Firmado Por: Amparo Emilia Peña Mejia Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4e6bc8e6b5029acdf14fcc5a696a56d82b3e0c4bf01ae5e8e21c2c58c0a28a09 Documento generado en 04/03/2025 04:28:44 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica