Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001220300020250057300 AutoRechazaRecursoDeRevision

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, veinticuatro (24) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Procedimiento: Radicado: Demandante en revisión: Demandado en revisión: Providencia Decisión: Revisión 05001 22 03 000 2025 00573 00 Zuley Raigosa Brand María Lilia del Socorro Viveros de Escobar Auto Rechaza recurso de revisión, por no cumplimiento de requisitos Vencido en silencio el término concedido en el auto del 14 de octubre de 20251, rechácese la demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión formulado por Zuley Raigosa Brand contra la sentencia proferida el 29 de julio de 2025 por el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Itagüí, dentro del trámite de restitución de inmueble radicado No. 05360-40-03-004-2024-00026-00, conforme a lo dispuesto en los artículos 90 y 358 del CGP.

No habrá lugar a devolución de anexos, por haber sido aportados en formato digital. Archívense las diligencias. NOTFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO 1 Cfr. C01Principal y archivos 04 y 05. Radicado: 05001 22 03 000 2025 00573 00 Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 76d3581bb5e9f02681531cda2655493af1718df933a482167a30edb9b679bbbb Documento generado en 24/10/2025 09:46:43 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica