Micelio

auto — Tribunal Superior de Santa Marta

Radicado: Auto declara desierto el recurso de apelación RAD. 2023.00025.01 (1)

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

RAD. 47.189.31.53.001.2023.00025.01 REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA SALA QUINTA DE DECISIÓN CIVIL - FAMILIA Santa Marta, dos de julio de dos mil veinticuatro. Mediante proveído del pasado 11 de abril, se dispuso correr traslado a Urmédicas V.I.P. S.A.S., por el término de 5 días, para que sustentara la apelación interpuesta contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ciénaga, Magdalena, el 11 de enero anterior, al interior del proceso de responsabilidad civil extracontractual promovido por Marta Cecilia Ramírez, en nombre propio y en representación de Keiner Méndez Ramírez, Denys Paola Segura Ramírez y Wilson Marcelino Méndez Escobar, contra la apelante y Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A., so pena de declararse desierta, limitándose a los reparos concretos, a la luz de lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 2213 de 2022, tal como se explicó en sus consideraciones.

Ahora bien, del informe secretarial que antecede, se desprende que esa determinación fue publicada en el estado Nº 055 del día siguiente. Sin embargo, la apelante no sustentó el recurso dentro del término señalado, que feneció el 24 posterior, por lo que la alzada se declarará desierta. Por lo expuesto, se

RESUELVE

RAD. 47.189.31.53.001.2023.00025.01 PRIMERO: 2 DECLARAR DESIERTA la apelación interpuesta por Urmédicas V.I.P. S.A.S., contra la sentencia emitida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Ciénaga, Magdalena, el 11 de enero de 2024, al interior del proceso de responsabilidad civil extracontractual promovido Marta Cecilia Ramírez, en nombre propio y en representación de Keiner Méndez Ramírez, Denys Paola Segura Ramírez y Wilson Marcelino Méndez Escobar, contra la apelante y Mapfre Seguros Generales de Colombia S.A., de conformidad con lo expuesto en las líneas considerativas.

SEGUNDO: Ejecutoriado este proveído, y previas las anotaciones del caso, devuélvase la actuación al juzgado de origen.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CRISTIAN SALOMÓN XIQUES ROMERO Magistrado Firmado Por: Cristian Salomon Xiques Romero Magistrado Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Santa Marta - Magdalena Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f1ef484c8a7b684eddc55664021b24b692628592ff917ae1e8883641ae89728a Documento generado en 02/07/2024 03:07:45 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica