Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 2025-1088 RequiereContinuacionProceso (202601

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUCARAMANGA Sala Primera de Decisión Laboral ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Magistrada Sustanciadora AIH-017 radicado único 68001-22-05-000-2025-00119-00 Bucaramanga, veintiséis (26) de enero de dos mil veintiséis (2026) Atendiendo a que se encuentra vencido el término de prórroga [30 días] solicitado por la demandante Palmas Oleaginosas de Santander SAS, para llevar a cabo la audiencia pública de que trata el artículo 129A del CPTSS, se considera necesario REQUERIR al extremo activo de la litis para que, en el término máximo de TRES DÍAS siguientes a la notificación del presente proveído, se sirva INFORMAR el resultado de las negociaciones adelantadas con las organizaciones sindicales accionadas, con miras a definir la continuidad del presente trámite.

Una vez cumplido el término aquí fijado, se ordena por secretaria INGRESAR el expediente al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Firmado Por: Elvia Marina Acevedo Gonzalez Magistrada Sala 05 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 21eff8c79420573fe13badeeb093fe793a67a91c1329ae3c89a538ccf4c15a45 Documento generado en 23/01/2026 04:03:23 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica