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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 02. 41001-31-05-003-2017-00537-02 AutoAdmiteRecursoOficiarOficina Dr Enasheilla

Ponente: Enasheilla Polanía Gómez

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Ejecutivo a continuación del ordinario Radicación: 41001-31-05-003-2017-00537-02 Demandante: ROBIN ELÍAS CHALA Demandada: SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDO DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR S.A. Procedencia: Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Neiva Asunto: Admite recurso apelación Neiva, cuatro (04) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Presentado y sustentado oportunamente el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, contra el AUTO proferido el 07 de mayo de 2024, por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Neiva (H.), por medio del cual se resolvió “negar el mandamiento de pago”, que conforme a los artículos 65 y 82 del C.P.T. y de la S.S., se admitirá. Por otro lado, se observa del acta de reparto bajo secuencia N°. 1465, que se asignó como apelación de auto ordinario (laboral), y no como de AUTO EJECUTIVO, siendo este el que corresponde, lo que conlleva a su modificación por conducto de la Secretaría de la Corporación, se dispondrá dicho trámite.

Por lo anterior se

RESUELVE

(41001-31-05-003-2017-00537-02) Robin Elías Chala República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral 1.- ADMITIR el recurso de apelación concedido en el efecto devolutivo, contra el auto proferido el 07 de mayo de 2024, por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Neiva (H). 2.- OFICIAR, a través de la Secretaría de la Corporación, a la Oficina de Reparto de la Dirección Seccional de Administración Judicial de esta ciudad, para que modifique la clasificación (GRUPO) de la providencia objeto de alzada, de apelación de “autos Ordinarios” a la de “AUTO EJECUTIVO (Laboral)”, siendo éste último el que corresponde.

Notifíquese y Cúmplase. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f9d967ce9a10207bcd63cb409c4ebd11187e144b62bbadfd5725b83d470799b2 Documento generado en 04/10/2024 03:55:50 PM (41001-31-05-003-2017-00537-02) Robin Elías Chala Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica