Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 006. 010-2024-00162-01 Admite V.Rendición provocada de cuentas

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISION CIVIL Santiago de Cali, tres de junio de dos mil veinticinco. Rad.: 010-2024-00162-01 Se admite en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la SENTENCIA ANTICIPADA de primera instancia fechada el 2 de mayo de 2025, proferida por el Juzgado Décimo Civil del Circuito de Cali, en el asunto en referencia. Se advierte a las partes que, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el auto que admite la apelación o el que niega la solicitud de pruebas, la parte apelante deberá sustentar el recurso por escrito a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes y de dicha sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días; de no sustentar la alzada en el término establecido, se declarará desierto el recurso de apelación (inc.3 ib).

Cumplido lo anterior, vuelva el expediente al Despacho. Notifíquese, CÉSAR EVARISTO LEÓN VERGARA Magistrado