Radicado: 73001-31-05-002-2024-00133-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de Auto Auto Ordinario Martha Ligia Soto Ramos y otros Construmext S.A.S y otro 73001-31-05-002-2024-00133-01 Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué Tolima Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, catorce (14) de julio del dos mil veinticinco (2025) De conformidad con el artículo 65 del CPT y de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada Construmext S.A.S, contra el auto proferido el veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025) por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué Tolima, por medio del cual se tuvo por no contestada la demanda al no haberse subsanado dentro del término legal.
Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar alegatos de conclusión por escrito. Dicho término comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia, la cual acaecerá dos (2) días hábiles después de su notificación mediante estados electrónicos.
Los escritos de alegaciones deben remitirse al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, ssltribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co; el mensaje de remisión deberá indicar como asunto “Alegatos de conclusión”, señalando además el radicado del proceso, nombre de la demandada y Magistrado Ponente.
Los alegatos deberán remitirse en archivo PDF de tamaño mínimo para compartir en Línea. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, Radicado: 73001-31-05-002-2024-00133-01 RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por la parte demandada Construmext S.A.S, contra la providencia del veinte (20) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué Tolima.
SEGUNDO: CORRER traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar sus alegatos de conclusión. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Radicado: 73001-31-05-002-2024-00133-01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fa83799a74bc910a8ec9bae58b5fe0cde017987efe3a69baaee6a1819039fa89 Documento generado en 14/07/2025 02:32:52 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica