Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 045-2021-00021-01 MAG. ADRIANA YALA PULGARIN - RECURSO DE REPOSICION

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarin

23/7/24, 12:06 Correo: Yanira Andrea Rojas Figueroa - Outlook MEMORIAL DRA AYALA RV: EXPEDIENTE: 11001-31-03-045 2021 000021 01 Proceso Verbal de IBM DE COLOMBIA contra MAKRO COMPUTO y Otro. Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co> Mar 23/07/2024 12:19 Para:​2 GRUPO CIVIL <2grupocivil@cendoj.ramajudicial.gov.co>​ 3 archivos adjuntos (933 KB) Correo de RSG Legal - Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso_ Verbal Demandante_ IBM DE COLOMBIA Demandado_ MAKROCOMPUTO.pdf;

Correo de RSG Legal - RADICADO_ 2021-0021PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA. contra MAKRO COMPUTO SA y FIDUCIARIA.pdf; RECURSO AUTO TRIBUNAL.pdf; MEMORIAL DRA AYALA Atentamente, De: Despacho 17 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. Enviado el: martes, 23 de julio de 2024 12:15 p. m. Para: Secretario 02 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co>;

Yanira Andrea Rojas Figueroa <yrojasf@cendoj.ramajudicial.gov.co> Asunto: RV: EXPEDIENTE: 11001-31-03-045 2021 000021 01 Proceso Verbal de IBM DE COLOMBIA contra MAKRO COMPUTO y Otro. Cordial saludo, Remito para agregar y dar el trámite respectivo. Cordialmente, https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADg3Y2NmMGRiLTljNmUtNDExMS1iOTM2LWMxMjg1ZjNmZTllNwAQAGJ6JoaRMEj1isMU8jj9Zh8%3D 1/3 23/7/24, 12:06 Correo: Yanira Andrea Rojas Figueroa - Outlook Miguel Ángel Triviño Gaviria.

Auxiliar Judicial Grado 1. Despacho 17 Sala Civil Tribunal Superior de Bogotá, D.C. Magistrada: Adriana Ayala Pulgarin. des17ctsbta@cendoj.ramajudicial.gov.co De: Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> Enviado: martes, 23 de julio de 2024 12:09 Para: Secretaría Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <secsctribsupbta@cendoj.ramajudicial.gov.co>;

Despacho 17 Sala Civil Tribunal Superior - Bogotá - Bogotá D.C. <des17ctsbta@cendoj.ramajudicial.gov.co>; Edwin Stivens Oliveros Rojas <eoliverr@cendoj.ramajudicial.gov.co>; notificaciones_judiciales@makrocomputo.com <notificaciones_judiciales@makrocomputo.com>; Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com>; john_rodriguez@makrocomputo.com <john_rodriguez@makrocomputo.com> Asunto: EXPEDIENTE: 11001-31-03-045 2021 000021 01 Proceso Verbal de IBM DE COLOMBIA contra MAKRO COMPUTO y Otro.

No suele recibir correos electrónicos de j.gutierrez@rsglegal.com. Por qué esto es importante Señores TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL HONORABLE MAGISTRADA PONENTE: ADRIANA AYALA PULGARIN E. S. D. REFERENCIA: Proceso Verbal de IBM DE COLOMBIA contra MAKRO COMPUTO y Otro. EXPEDIENTE: 11001-31-03-045 2021 000021 01 ASUNTO: RECURSO DE REPOSICION JAVIER FRANCISCO GUTIERREZ TAPIAS, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá, identificado como aparece al pie de mi firma, portador de la Tarjeta Profesional No. 67519 del Consejo Superior de la Judicatura, en mi condición de apoderado judicial de la parte demandante me dirijo respetuosamente a su despacho interponiendo recurso de reposición en contra del auto del 12 de julio de 2024 por virtud del cual se niega el recurso de apelación y se condena en costas a la demandante, para que se revoque por las razones que paso a explicar: En el auto en cuestión, dispone el despacho no dar prosperidad al recurso de apelación, señalando entre otras razones, que la parte demandante no dio cumplimiento al requerimiento realizado por el Juez para que se aclarara cual era la forma de terminación que el demandante pretendía para la terminación del proceso.

Así mismo el honorable despacho condena en costas a la apelante por la suma de $800.000, señalando previamente, que la parte demandada guardó silencio ante el traslado del recurso de apelación que nos ocupa. Me aparto respetuosamente de dicha decisión, toda vez que el suscrito si procedió a aclarar la solicitud formulada por el juez de conocimiento a través de correo electrónico del 23 de mayo de 2023, informándole al juzgado como cito textualmente, que “Si bien la forma de terminación del proceso que se pretende no es ninguna de las típicamente reglamentadas por el Código General del Proceso como la transacción, desistimiento, etc., si existen otras formas anormales de terminación del proceso distintas a la sentencia como lo es la carencia actual de objeto, cuando existen impedimentos de carácter lógico o jurídico que por su propia naturaleza determina la extinción del objeto del proceso, haciendo imposible https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADg3Y2NmMGRiLTljNmUtNDExMS1iOTM2LWMxMjg1ZjNmZTllNwAQAGJ6JoaRMEj1isMU8jj9Zh8%3D 2/3 23/7/24, 12:06 Correo: Yanira Andrea Rojas Figueroa - Outlook de alcanzar el fin perseguido por el actor al demandar”.

De allí que el suscrito insistió en que la forma de terminación del proceso sería por sustracción de materia o CARENCIA ACTUAL DE OBJETO, tal como se observa en mensaje de datos de la misma fecha. De otra parte se observa, que a través de correo electrónico del 28 de mayo de 2024, el suscrito desistió del recurso de apelación concedido por el juez de conocimiento mediante auto del 21 de mayo de 2024.

Así mismo, frente a la condena en costas impuestas al apelante, hago notar que la Honorable Magistrada señaló en el auto recurrido, “que la parte demandada se mantuvo silente durante el traslado”, lo cual es diciente del hecho, de que en el trámite del recurso la parte demandada no realizó ninguna actuación que amerite una estimación de costas, si tenemos en cuenta que conforme lo han señalado las altas Cortes, las costas procesales son las erogaciones económicas en que incurre una parte a lo largo del proceso en aras de sacar avante la posición que detenta en el juicio.

Por lo tanto, al guardar silencio la parte demandada en el trámite de la apelación no existió ningún gasto en que ésta hubiera incurrido, y ameritara la condena en costas a la parte demandante. Se adjuntan mensajes de datos que contiene los correos electrónicos del 23 y 28 de mayo de 2024 dando respuesta al requerimiento del juzgado y formulando desistimiento del recurso Cordialmente JAVIER FRANCISCO GUTIERREZ TAPIAS C.C.79.285.457 T.P.67519 -JAVIER GUTIERREZ TAPIAS Abogado R S G LEGAL Derecho de la Responsabilidad Calle 69 A No. 10 -40 Bogotá - Colombia PBX +571 346 1400 www.rsglegal.com https://outlook.office.com/mail/inbox/id/AAQkADg3Y2NmMGRiLTljNmUtNDExMS1iOTM2LWMxMjg1ZjNmZTllNwAQAGJ6JoaRMEj1isMU8jj9Zh8%3D 3/3 Señores TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL HONORABLE MAGISTRADA PONENTE: ADRIANA AYALA PULGARIN E. S. D. REFERENCIA: Proceso Verbal de IBM DE COLOMBIA MAKRO COMPUTO y Otro.

EXPEDIENTE: contra 11001-31-03-045 2021 000021 01 ASUNTO: RECURSO DE REPOSICION JAVIER FRANCISCO GUTIERREZ TAPIAS, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá, identificado como aparece al pie de mi firma, portador de la Tarjeta Profesional No. 67519 del Consejo Superior de la Judicatura, en mi condición de apoderado judicial de la parte demandante me dirijo respetuosamente a su despacho interponiendo recurso de reposición en contra del auto del 12 de julio de 2024 por virtud del cual se niega el recurso de apelación y se condena en costas a la demandante, para que se revoque por las razones que paso a explicar: En el auto en cuestión, dispone el despacho no dar prosperidad al recurso de apelación, señalando entre otras razones, que la parte demandante no dio cumplimiento al requerimiento realizado por el Juez para que se aclarara cual era la forma de terminación que el demandante pretendía para la terminación del proceso.

Así mismo el honorable despacho condena en costas a la apelante por la suma de $800.000, señalando previamente, que la parte demandada guardó silencio ante el traslado del recurso de apelación que nos ocupa. Me aparto respetuosamente de dicha decisión, toda vez que el suscrito si procedió a aclarar la solicitud formulada por el juez de conocimiento a través de correo electrónico del 23 de mayo de 2023, informándole al juzgado como cito textualmente, que “Si bien la forma de terminación del proceso que se pretende no es ninguna de las típicamente reglamentadas por el Código General del Proceso como la transacción, desistimiento, etc., si existen otras formas anormales de terminación del proceso distintas a la sentencia como lo es la carencia actual de objeto, cuando existen impedimentos de carácter lógico o jurídico que por su propia naturaleza determina la extinción del objeto del proceso, haciendo imposible de alcanzar el fin perseguido por el actor al demandar”.

De allí que el suscrito insistió en que la forma de terminación del proceso sería por sustracción de materia o CARENCIA ACTUAL DE OBJETO, tal como se observa en mensaje de datos de la misma fecha. De otra parte se observa, que a través de correo electrónico del 28 de mayo de 2024, el suscrito desistió del recurso de apelación concedido por el juez de conocimiento mediante auto del 21 de mayo de 2024.

Así mismo, frente a la condena en costas impuestas al apelante, hago notar que la Honorable Magistrada señaló en el auto recurrido, “que la parte demandada se mantuvo silente durante el traslado”, lo cual es diciente del hecho, de que en el trámite del recurso la parte demandada no realizó ninguna actuación que amerite una estimación de costas, si tenemos en cuenta que conforme lo han señalado las altas Cortes, las costas procesales son las erogaciones económicas en que incurre una parte a lo largo del proceso en aras de sacar avante la posición que detenta en el juicio.

Por lo tanto, al guardar silencio la parte demandada en el trámite de la apelación no existió ningún gasto en que esta hubiera incurrido, y ameritara la condena en costas a la parte demandante. Cordialmente, JAVIER FRANCISCO GUTIERREZ TAPIAS C.C.79.285.457 T.P.67519 23/7/2024 Correo de RSG Legal - RADICADO: 2021-0021PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA. contra MAKRO COMPUTO SA y FIDUCIARIA Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> RADICADO: 2021-0021PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA. contra MAKRO COMPUTO SA y FIDUCIARIA 4 mensajes Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> 23 de mayo de 2023, 9:31 Para: "Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C." <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co>, "notificaciones_judiciales@makrocomputo.com" <notificaciones_judiciales@makrocomputo.com>, servicioalcliente@fidupopular.com.co, alejandra.ochoa@fidupopular.com.co, Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com> Señor: JUEZ 45 CIVIL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ. E. S. D. REF.: PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA & CIA S.C.A CONTRA MAKRO COMPUTO S.A. y FIDUCIARIA POPULAR S.A. RADICADO. 2021-0021.

ASUNTO: SOLICITUD DE TERMINACION POR SUSTRACCION DE MATERIA JAVIER FRANCISCO GUTIÉRREZ TAPIAS, obrando en mi condición de apoderado judicial de la parte demandante en el proceso de la referencia, por medio del presente escrito de manera respuestuosa doy respuesta al requirimiento formulado por parte del despacho en el que se solicita cual es la forma de terminación que el demandante pretende para el proceso de la referencia. Si bien la forma de terminación del proceso que se pretende no es ninguna de las típicamente reglamentadas por el Codigo General del Proceso como la transacción, desistimiento, etc., si existen otras formas anormales de terminación del proceso distintas a la sentencia como lo es la carencia actual de objeto, cuando existen impedimientos de carácter lógico o jurídico que por su propia naturaleza determina la extinción del objeto del proceso, haciendo imposible de alcanzar el fin perseguido por el actor al demandar.

De allí que el suscrito insiste en que forma de terminación del proceso sea por sustracción de materia o CARENCIA ACTUAL DE OBJETO sin costas para la parte demandante por cuanto a la parte demandante le fue pagada la acreencia por parte de un tercero. Atentamente, https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-f:1766695690230544584&simpl=msg-f:1766695690230544584&simpl=… 1/4 23/7/2024 Correo de RSG Legal - RADICADO: 2021-0021PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA. contra MAKRO COMPUTO SA y FIDUCIARIA JAVIER FRANCISCO GUTIÉRREZ TAPIAS C.C. No. 79.285.457 de Bogotá T.P. No. 67.519 del Consejo Superior de la Judicatura TERMINACION.pdf 37K Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> 23 de mayo de 2023, 9:31 Para: "Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C." <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co>, "notificaciones_judiciales@makrocomputo.com" <notificaciones_judiciales@makrocomputo.com>, servicioalcliente@fidupopular.com.co, alejandra.ochoa@fidupopular.com.co, Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com> [El texto citado está oculto] TERMINACION.pdf 37K Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> Cco: Jorge Enrique Lozano <je.lozano@rsglegal.biz> 23 de mayo de 2023, 9:39 [El texto citado está oculto] -JAVIER GUTIERREZ TAPIAS Abogado R S G LEGAL Derecho de la Responsabilidad Calle 69 A No. 10 -40 Bogotá - Colombia PBX +571 346 1400 www.rsglegal.com TERMINACION.pdf 37K Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C. <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co> Para: "j.gutierrez@rsglegal.com" <j.gutierrez@rsglegal.com> 23 de mayo de 2023, 10:04 Buen día. Se confirma el recibido de su petición. https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-f:1766695690230544584&simpl=msg-f:1766695690230544584&simpl=… 2/4 23/7/2024 Correo de RSG Legal - RADICADO: 2021-0021PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA. contra MAKRO COMPUTO SA y FIDUCIARIA Respetuosamente le recomendamos que realice el seguimiento de su proceso en la consulta de procesos de la página de la Rama Judicial (https://consultaprocesos. ramajudicial.gov.co/procesos/bienvenida) y además conozca el micrositio habilitado en ese portal (https://www.ramajudicial.gov.co/web/juzgado-045-civil-del-circuito-debogota) donde se ha publicado información relevante y se han realizado las notificaciones por estado permitidas.

De otro lado, le invitamos a seguir nuestra cuenta oficial de twitter @j45cctobt, creada como medio de divulgación relevante por parte de este Juzgado. Cordialmente, LAURA NATALIA FRANCO VANEGAS ASISTENTE JUDICIAL Juzgado 45 Civil del Circuito de Bogotá Teléfono: 342 44 53 312 344 10 84 @j45cctobt ATENCIÓN VIRTUAL Lunes a Viernes de 8am a 1pm y del 2pm a 5pm (Link conexión atención virtual) Nuestro horario de atención es de Lunes a Viernes de 8:00 AM a 5:00 PM Se advierte que los correos recibidos después de las 5:00 de la tarde, se entenderán recepcionados a la primera hora del día hábil siguiente.

OBSERVACIONES: Esta notificación por correo electrónico se entenderá surtida conforme lo dispuesto en el artículo 197 de la Ley 1437 de 2011: “Las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esta jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales.

Para los efectos de este Código se entenderán como personales las notificaciones surtidas a través del buzón de correo electrónico.” El contenido de este mensaje y de los archivos adjuntos están dirigidos exclusivamente a sus destinatarios y puede contener información privilegiada o confidencial. Si usted no es el destinatario real, por favor informe de ello al remitente y elimine el mensaje de inmediato, de tal manera que no pueda acceder a él de nuevo.

Está prohibida su retención, grabación, utilización o divulgación con cualquier propósito. ACUSAR DE RECIBO, INFORMANDO EL NOMBRE Y CARGO DEL SERVIDOR JUDICIAL O PERSONA ENCARGADA DE RECIBIR LA INFORMACIÓN De: Javier Gu errez <j.gutierrez@rsglegal.com> Enviado: martes, 23 de mayo de 2023 9:31 Para: Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C. <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co>; notificaciones_judiciales@makrocomputo.com <notificaciones_judiciales@makrocomputo.com>; https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-f:1766695690230544584&simpl=msg-f:1766695690230544584&simpl=… 3/4 23/7/2024 Correo de RSG Legal - RADICADO: 2021-0021PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA. contra MAKRO COMPUTO SA y FIDUCIARIA servicioalcliente@fidupopular.com.co <servicioalcliente@fidupopular.com.co>; alejandra.ochoa@fidupopular.com.co <alejandra.ochoa@fidupopular.com.co>;

Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com> Asunto: RADICADO: 2021-0021PROCESO VERBAL DE IBM DE COLOMBIA. contra MAKRO COMPUTO SA y FIDUCIARIA [El texto citado está oculto] https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-f:1766695690230544584&simpl=msg-f:1766695690230544584&simpl=… 4/4 23/7/2024 Correo de RSG Legal - Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO 4 mensajes Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> 28 de mayo de 2024, 8:11 Para: "Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C." <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co>, john_rodriguez@makrocomputo.com, notificaciones_judiciales@makrocomputo.com, Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com> Señor JUZGADO CUARENTA Y CINCO CIVIL DEL CIRCUITO E. S. D. ------------------------------------------------------------------------------ Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO ASUNTO: Desistimiento recurso de apelación JAVIER FRANCISCO GUTIERREZ TAPIAS. mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá D.C., identificado con la cédula de ciudadanía No.79.285.457 de Bogotá, abogado titulado e inscrito, con Tarjeta profesional No.67.519 del Consejo Superior de la Judicatura, obrando en mi calidad de apoderado judicial de los demandantes en reconvención, con fundamento en el https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r-7300841955009581616&simpl=msg-a:r4032024556810015451&simp… 1/4 23/7/2024 Correo de RSG Legal - Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO artículo 316 del C.G.P. de manera respetuosa manifiesto que DESISTO del recurso de apelación concedido mediante auto del 21 de mayo de 2024 por el despacho.

Del señor juez, atentamente. JAVIER FRANCISCO GUTIERREZ TAPIAS C.C.N.79.285.457 de Bogotá T.P.No. 67.519 del C.S. de la J. -JAVIER GUTIERREZ TAPIAS Abogado R S G LEGAL Derecho de la Responsabilidad Calle 69 A No. 10 -40 Bogotá - Colombia PBX +571 346 1400 www.rsglegal.com Mail Delivery Subsystem <mailer-daemon@googlemail.com> Para: j.gutierrez@rsglegal.com 28 de mayo de 2024, 8:11 El mensaje se ha bloqueado Tu mensaje para john_rodriguez@makrocomputo.com se ha bloqueado.

Consulta más información en los siguientes datos técnicos. Esta es la respuesta del servidor remoto: 550 5.4.1 Recipient address rejected: Access denied. [CH2PEPF0000009A.namprd02. prod.outlook.com 2024-05-28T13:11:52.250Z 08DC7D353FC97A2D] https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r-7300841955009581616&simpl=msg-a:r4032024556810015451&simp… 2/4 23/7/2024 Correo de RSG Legal - Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO Final-Recipient: rfc822; john_rodriguez@makrocomputo.com Action: failed Status: 5.4.1 Remote-MTA: dns; makrocomputo-com.mail.protection.outlook.com.

(52.101.194.0, the server for the domain makrocomputo.com.) Diagnostic-Code: smtp; 550 5.4.1 Recipient address rejected: Access denied. [CH2PEPF0000009A.namprd02. prod.outlook.com 2024-05-28T13:11:52.250Z 08DC7D353FC97A2D] Last-Attempt-Date: Tue, 28 May 2024 06:11:52 -0700 (PDT) ---------- Mensaje reenviado ---------From: Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> To: "Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C." <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co>, john_rodriguez@makrocomputo.com, notificaciones_judiciales@makrocomputo.com, Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com> Cc: Bcc: Date: Tue, 28 May 2024 08:11:39 -0500 Subject: Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO ----- Message truncated ----Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> 28 de mayo de 2024, 8:13 Para: "Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C." <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co>, john_rodriguez@makrocomputo.com, notificaciones_judiciales@makrocomputo.com, Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com> [El texto citado está oculto] DESISTIMIENTO APELACION.pdf 75K Mail Delivery Subsystem <mailer-daemon@googlemail.com> Para: j.gutierrez@rsglegal.com 28 de mayo de 2024, 8:13 El mensaje se ha bloqueado Tu mensaje para john_rodriguez@makrocomputo.com se ha bloqueado.

Consulta más información en los siguientes datos técnicos. Esta es la respuesta del servidor remoto: 550 5.4.1 Recipient address rejected: Access denied. [CH1PEPF0000A345.namprd04. prod.outlook.com 2024-05-28T13:13:48.042Z 08DC7D7A67C32A9A] https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r-7300841955009581616&simpl=msg-a:r4032024556810015451&simp… 3/4 23/7/2024 Correo de RSG Legal - Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO Final-Recipient: rfc822; john_rodriguez@makrocomputo.com Action: failed Status: 5.4.1 Remote-MTA: dns; makrocomputo-com.mail.protection.outlook.com.

(52.101.194.3, the server for the domain makrocomputo.com.) Diagnostic-Code: smtp; 550 5.4.1 Recipient address rejected: Access denied. [CH1PEPF0000A345.namprd04. prod.outlook.com 2024-05-28T13:13:48.042Z 08DC7D7A67C32A9A] Last-Attempt-Date: Tue, 28 May 2024 06:13:48 -0700 (PDT) ---------- Mensaje reenviado ---------From: Javier Gutierrez <j.gutierrez@rsglegal.com> To: "Juzgado 45 Civil Circuito - Bogotá - Bogotá D.C." <j45cctobt@cendoj.ramajudicial.gov.co>, john_rodriguez@makrocomputo.com, notificaciones_judiciales@makrocomputo.com, Juan Pablo Ovalle <jpovalle@co.ibm.com> Cc: Bcc: Date: Tue, 28 May 2024 08:13:32 -0500 Subject: Fwd: Rad. 110013103045 2021 00021 00 Proceso: Verbal Demandante: IBM DE COLOMBIA Demandado: MAKROCOMPUTO ----- Message truncated ----- https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=3c2473e5ac&view=pt&search=all&permthid=thread-a:r-7300841955009581616&simpl=msg-a:r4032024556810015451&simp… 4/4