República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Jurisdicción Ordinaria Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cali Sala Civil REFERENCIA COMPLETA:Rad. Única Nal: 76001-31-03-016-2021-00019-01 Radicación interna: 5334 Proceso: Ejecutivo Demandante: Clínica Palma Real S.A.S. Demandados: Gobernación del Valle del Cauca Procedencia: Juzgado 16 Civil del Circuito de Cali Motivo: Declara desierto recurso Magistrado Sustanciador: JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA.
Santiago de Cali (V), veintiséis (26) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Teniendo en cuenta que dentro del término concedido en providencia notificada en estado No. 0116 del 11 de julio de 2024 la parte recurrente no sustentó el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de primera instancia proferida dentro del proceso de la referencia, y que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del Código General del Proceso, dicha omisión con lleva a la deserción de la alzada, tal y como se advirtió en la aludida providencia, el suscrito Magistrado, RESUELVE:
PRIMERO. - DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia del 21 de mayo de 2024 proferida por el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Cali dentro del 76001-31-03-016-2021-00019-01 proceso de la referencia, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de este proveído.
SEGUNDO. - DEVUÉLVASE el expediente al juzgado de origen y cancélese su radicación.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El Magistrado, JULIÁN ALBERTO VILLEGAS PEREA Firmado Por: Julian Alberto Villegas Perea Magistrado Sala Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9bebf223fa287f8e006f9391554eed5743d7f59026cd11ebadb833d2f96e4545 Documento generado en 26/07/2024 12:36:44 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 76001-31-03-016-2021-00019-01