Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 007-2010-00518-01-DR-VALENZUELA-ADMITE

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá, D.C., treinta de octubre de dos mil veinticuatro. Radicado: 11001 31 03 007 2010 00518 01 Se admite, en el efecto SUSPENSIVO, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado 47 Civil del Circuito Adjunto Transitorio en audiencia celebrada el 16 de octubre de 2024, dentro del proceso de Etienne Verswyel y Otros contra Fundación Santa Fe de Bogotá y Otros.

Cabe advertir que, de conformidad con lo establecido en la Ley 2213 de 2022, el apelante cuenta con el término de cinco (5) días, a partir de la ejecutoria del admisorio, para sustentar en esta instancia los precisos reparos en los que fundamentó su recurso de apelación, frente a lo cual la parte no apelante tiene cinco (5) días para la réplica.

Además, téngase en cuenta que la no sustentación de la alzada en esta instancia impone declararla desierta según el artículo 12 de la referida normatividad, pues a lo dicho en primera instancia no se le puede dar la connotación de la sustentación de los reparos que solo puede y debe hacerse ante el superior, sin perjuicio de que el apelante acuda al Tribunal por escrito a dar alcance y desarrollo argumental a lo manifestado en primera instancia.

NOTIFÍQUESE El Magistrado, GERMÁN VALENZUELA VALBUENA 11001 31 03 007 2010 00518 01 Firmado Por: German Valenzuela Valbuena Magistrado Sala 019 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ddc7ccf4bacf98922b3dcdb963369876b046ae31b76160c2d9e2503fb0a9c3c1 Documento generado en 30/10/2024 11:39:35 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica