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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 49. 41001-31-05-002-2023-000093-01 AutoReconocePersoneria Dr Robles

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Apel. M.P. Edgar Robles Ramírez.- Rad. 2023-093-01 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEXTA DE DECISIÓN - CIVIL FAMILIA LABORAL M.S. ÉDGAR ROBLES RAMÍREZ Proceso: Radicación: Demandante: Demandado: Asunto: ORDINARIO LABORAL 41001 31 05 002 2023 000093 01 LIBARDO YASNO SANCHEZ DEPARTAMENTO DEL HUILA RECONOCE PERSONERÍA Neiva, ocho (08) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Revisado el poder especial conferido por YULIETH CRISTINA CORTÉS FIERRO en calidad de Directora del Departamento Administrativo Jurídico, y conforme a la Resolución No. 009 de 2008 “Por medio de la cual se delegan en la Directora del Departamento Administrativo Jurídico unas funciones relacionadas con la actividad de Defensa Judicial y Constitucional del Departamento” al abogado EDWIN FABIÁN QUIBANO JIMÉNEZ identificado con C.C. No. 1.032.430.648 y T.P. No. 297.529 del C. S. de la J., y de conformidad con el artículo 76 del C.G.P. que consagra que “El poder termina con la radicación en secretaría del escrito en virtud del cual se revoque o se designe otro apoderado, (…); se tendrá por revocado el poder conferido al abogado SERGIO ANDRÉS CÉSPEDES MORA, y a su vez se dispondrá el respectivo reconocimiento de personería. Por lo anterior, el suscrito Magistrado Sustanciador, DISPONE:

1. TENER POR REVOCADO el poder conferido al abogado SERGIO ANDRÉS CÉSPEDES MORA.

2. RECONOCER PERSONERÍA al abogado EDWIN FABIÁN QUIBANO JIMÉNEZ identificado con C.C. No. 1.032.430.648 y T.P. No. 297.529 del C. S. de la J., en los términos del poder conferido.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE EDGAR ROBLES RAMÍREZ Magistrado Firmado Por: Edgar Robles Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Decision Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8bc7f936982f27e052a4a6c2e3251cbef4964655a9d42a726b2fc754cd890fbb 1 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Apel.

M.P. Edgar Robles Ramírez.- Rad. 2023-093-01 Documento generado en 08/05/2026 04:28:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2