REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN Lugar y fecha Proceso Radicado Demandante Demandados Providencia Tema Sustanciador Medellín, 08 de julio de 2025 Ordinario laboral 05088310500220240050101 Edison Arbey Alzate Valencia Industrias Haceb S.A. Auto Auto Admisorio Maricela Cristina Natera Molina Verificadas las actuaciones remitidas, se ADMITE el grado jurisdiccional de consulta a favor de la parte demandante, respecto de la SENTENCIA proferida el 04 de marzo de 2025, por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bello.
EJECUTORIADO este auto se procederá a correr traslado a las partes para que presenten sus alegatos conforme lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, por el término común de cinco (5) días hábiles, los cuales deberán ser remitidos por escrito a la dirección de correo electrónico de la secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARICELA CRISTINA NATERA MOLINA Magistrada