TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Ponente Bogotá D. C., veinticuatro (24) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: Verbal 110013199003202303813 01 ANYI VANESSA PERDOMO GUZMAN BANCO DE COLOMBIA ADMITIR el recurso de apelación formulado por el apoderado de la parte demandante contra la sentencia proferida en audiencia el 31 de julio de 2024, por la Superintendencia Financiera de Colombia, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Por lo anterior, CONCEDER al extremo recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.
Advertir a la parte apelante que, en ese lapso y en esta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló ante el a quo, o manifestar si para ese efecto debe tenerse en cuenta el escrito presentado ante el a quo, pues en caso de guardar silencio, se declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bbeeee36e4d6c01c1d8d71b1b496ef1ffeba668477d9b547f338f60ead249647 Documento generado en 24/09/2024 11:27:57 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica