República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL Magistrado Sustanciador: Iván Darío Zuluaga Cardona Bogotá, D. C., primero (01) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso Demandante Demandado Radicado Instancia Decisión Acción popular Libardo Melo Vega Sesderma Colombia S.A. 110013103 015 2019 00507 01 Segunda Admite recurso de apelación 1.
Se admite en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por el accionante contra la sentencia de 13 de mayo de 2026, proferida por el Juzgado 15 Civil del Circuito de Bogotá, D.C. en el radicado en referencia y notificada en estado de 14 de mayo de 20261. 2. Tramitar el presente asunto en segunda instancia, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 12 del Ley 2213 de 20222, en vista de la remisión normativa contenida en el artículo 37 de la Ley 472 de 1998. 3.
Ejecutoriado este auto, el extremo apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, en la dirección de correo electrónico: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co 4. De la sustentación presentada oportunamente, por secretaría, córrase traslado por el término de cinco (5) días a la parte contraria. 1 Ver publicación por estado: Rama Judicial del Poder Público y get_file. 2 De conformidad con lo previsto en el inciso 2º del artículo 40 de la Ley 153 de 1887 modificado por el artículo 624 del C.G.P. “(…) los recursos interpuestos (…) se regirán por las leyes vigentes cuando se interpusieron los recursos (…)”. 1 T.S.B. Sala Civil.
Exp. 110013103 015 2019 00507 01 5. En caso de no sustentarse oportunamente el recurso será declarado desierto. 6. Advertir que, de conformidad con lo previsto por el inciso 4º del artículo 109 del C.G.P., los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término, es decir, antes de la cinco de la tarde – 5:00 p.m.-.
NOTIFÍQUESE Firma Electrónica IVÁN DARÍO ZULUAGA CARDONA Magistrado Firmado Por: Ivan Dario Zuluaga Cardona Magistrado Sala 010 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a75c6d2ec7d81dd0d39bd9143afe37f84de572177f2f3b6fd8b7f5329ac5aa5e Documento generado en 01/06/2026 10:23:44 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2