TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA CIVIL Medellín, seis (6) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Radicado: Proceso: Demandante: Demandado: 05001 31 03 021 2022 00167 01. Ejecutivo. EDIFICIO CENTRO DE TRABAJO P.H.. SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S.. Surtido el examen preliminar, en el efecto concedido (DEVOLUTIVO), se ADMITE el recurso de apelación formulado por la parte DEMANDADA, contra la sentencia ANTICIPADA calendada el tres (3) de marzo de dos mil veinticinco (2025), proferida por el JUZGADO VEINTIUNO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN. En atención al artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, ejecutoriado este auto o el que según el caso niegue la solicitud de pruebas, el recurrente deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes, so pena de declarar desierta la alzada.
De la sustentación se correrá traslado a la parte DEMANDANTE por el término de cinco (5) días, para que se pronuncie sobre lo mismo. Cumplido lo anterior vuelva el asunto para generar proyecto que será sometido a estudio de la Sala de Decisión. Notifíquese: JOSÉ OMAR BOHÓRQUEZ VIDUEÑAS MAGISTRADO Firmado Por: Jose Omar Bohorquez Vidueñas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 007 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a608da33cdad0079d962b045394e83fd80564e78cc1d86f598537c0da856b981 Documento generado en 06/05/2025 11:39:29 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica