Micelio

auto — Tribunal Superior de Armenia

Radicado: 20240607AdmiteTutelaLFSL20240005000R228

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA - LABORAL

Ponente: Luis Fernando Salazar Longas

República de Colombia TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL ARMENIA QUINDÍO Magistrado Sustanciador: LUIS FERNANDO SALAZAR LONGAS Expediente 63001 2214 000 2024 00050 00 [228] Armenia, Q., cinco (05) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Por reunir los requisitos del Decreto 2591 de 1991, en concordancia con el artículo 86 de la Constitución, se ADMITE la presente acción de tutela impetrada por AMPARO BOTERO ESPINOSA contra el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ARMENIA.

En consecuencia, se dispone: 1. Solicitar por correo electrónico al JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ARMENIA, que en su defensa se pronuncie sobre los hechos relatados en la demanda y sobre los cuales la quejosa denuncia constituye quebranto de sus derechos fundamentales, para lo cual el despacho judicial accionado cuenta con el término de un (1) día hábil al recibo de la comunicación correspondiente.

Líbrense oficios con copia digital de la demanda. 2. Requerir, además, al JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE ARMENIA para que en el mismo término de un (1) día hábil, remita copia digital del proceso ejecutivo singular, con radicado 63001 3103 001 2021 00327 00, así como de los demás procesos que lo componen. 3. Disponer la vinculación del BANCO BBVA, GERMAN ALEXANDER RAMIREZ BEDOYA y demás intervinientes en el proceso ejecutivo singular, con radicado 63001 3103 001 2021 00327 00 y actuaciones acumuladas. 4.

Vincular igualmente al JUZGADO SÉPTIMO CIVIL MUNICIPAL DE ARMENIA QUINDÍO para que en el término de un (1) día hábil, remita copia digital del proceso ejecutivo singular, con radicado 63001 4003 007 2017 00243 00, así como a JOSÉ OSCAR ECHEVERRI, HENRY ARIAS FRANCO, LINA MARIA MURIEL CAMACHO, BERTHA INÉS TOBÓN VELÁSQUEZ, FRANCIA ASTRID SALDARRIAGA CASTAÑO, JHON FREDY CARVAJAL OSPINA, LUIS ERNESTO VEGA ALZATE, SANDRA PATRICIA ROA OTERO, SANDRA CAROLINA GUTIÉRREZ BUITRAGO, LUZ AMPARO ALARCÓN MORANTE y a los demás intervinientes en esa ejecución. 5.

Asimismo, es de advertir que a los vinculados se les entregará copia digital de la demanda y anexos, informándosele que cuentan con un (1) día hábil siguiente a la notificación, para la réplica, si así lo consideran. 6. Tener en cuenta al momento de decidir esta tutela todos los documentos electrónicos o digitales que se aportaron con el escrito de demanda y los que posteriormente llegaren con motivo de la contestación a la misma. 7.

Notificar este proveído a los intervinientes conforme al artículo 5°del Decreto 306 de 1992, esto es, por el medio más expedito y eficaz. Notifíquese y cúmplase LUIS FERNANDO SALAZAR LONGAS Magistrado Firmado Por: Luis Fernando Salazar Longas Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Armenia - Quindío Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 98743c46eed26eeb03cb8a83f0aa7bf8dfc5f3e8fec67309b5dd17533b190fb9 Documento generado en 05/06/2024 04:03:19 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica