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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 010- 2013- 00671- 01 DRA CRUZ AUTO NIEGA PETICION DE CORRECCION

Sala: SALA CIVIL

Ponente: María Patricia Cruz Miranda

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Magistrada Sustanciadora: María Patricia Cruz Miranda Bogotá D.C., treinta y uno (31) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Asunto: Proceso ejecutivo promovido por la Davivienda S.A., contra la sociedad C.I. Conimex y otro. Banco Radicado: 10 2013 00671 01 Se NIEGA la petición de corrección elevada por el abogado Hernando Castro Nieto a pdf. 9 Cdno. 3, en razón a que dicho profesional no ha sido reconocido en el presente asunto, ni allegó poder que validara la calidad con la que afirma actuar.

Además, con independencia de lo anotado, no hay yerro que corregir. Por superfluo y tener que ver con otro inmueble que no es el objeto de la petición de levantamiento cautelar respecto de cuya negativa se impetró el recurso de apelación que se resuelve en providencia de la misma fecha, se deja sin valor ni efecto alguno, el decreto probatorio oficioso dispuesto en auto de 22 de agosto último (pdf. 05 cfr.).

Notifíquese y cúmplase (2), (firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada Radicado. 10 2013 00671 01 Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8aa452889784146945aa953cfd3aeb6bbf1d85dd04cf9a88c35edcc546ba699d Documento generado en 31/03/2025 08:21:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica