Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001220300020260137800_DraGonzalezAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., dieciséis (16) de abril de dos mil veintiséis (2026). Expediente No. 11001-22-03-000-2026-01378-00 Recurrente: SERRANO LIÉVANO Y CÍA S.A.S. En consideración a que el recurso interpuesto por la defensa de Serrano Liévano y Cía. S.A.S. reúne los requisitos legales previstos en el artículo 42 de la Ley 1563 de 2012, se DISPONE:

PRIMERO: ADMITIR a trámite el recurso de anulación oportunamente interpuesto por SERRANO LIÉVANO Y CÍA. S.A.S. frente al laudo del 23 de enero de 2026, con solicitud de aclaración denegada en proveído del 2 de febrero del mismo año, decisiones proferidas por el Tribunal de Arbitramento del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá, y dentro del asunto promovido por la recurrente contra COMODÍN S.A.S. y JUAN CAMILO MEJÍA LALINDE.

En firme este auto, la Secretaría REINGRESE el proceso al Despacho, con el fin de impartir el trámite que legalmente le corresponda al asunto. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7d3ac62c6c0a38be25c38f9be79fe646e751ca2e58de57ad2613979e7fe8ccd6 Documento generado en 16/04/2026 04:32:27 PM 1 Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2