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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 05. 41001-31-05-001-2019-00230-01 AutoReconocePersoneria Dr Ana Ligia

República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva -----------------------------------------------------Sala Primera de Decisión Civil Familia Laboral Radicación: 41001-31-05-001-2019-00230-01 Auto de sustanciación No.306 Neiva, Huila, seis (6) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Ref.: Proceso Ordinario Laboral promovido por ROSALBA AVELLANEDA BALAGUERA en contra de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES.

Proveniente de la Secretaría de la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior de Neiva, solicitud de reconocimiento de personería radicada vía correo electrónico ante esa dependencia. Entra a proveerse sobre el memorial suscrito por MAURICIO ROA PINZÓN, Representante Principal de la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2024, con NIT 901.902.633-1, actuando conforme al poder general, amplio y suficiente otorgado mediante la Escritura Pública No. 0025 del 10 de enero de 2025, protocolizada en la Notaría treinta y siete del Círculo Notarial de Bogotá D. C., que fue conferido por DIEGO ALEJANDRO URREGO ESCOBAR, en su condición de Representante Legal Suplente de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, mediante el cual sustituye el poder al doctor JUAN ÁLVARO DUARTE RIVERA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.523.279 y tarjeta profesional No 192.928 del C.S. de la J., para que actúe en nombre de la parte demandada ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES en el proceso laboral de referencia, conforme a las facultades otorgadas.

En concordancia con lo anterior, se avizora solicitud enviada por la Doctora EDNA KATHERINE GÓMEZ LOSADA, donde informa su decisión de renunciar al poder conferido por COLPENSIONES, para actuar como apoderada sustituta. Al acreditarse el requisito consagrado en el artículo 76 del C.G.P, le corresponde a esta Magistratura pronunciarse sobre su admisión. En consecuencia, se DISPONE:

PRIMERO. – RECONOCER a la UNIÓN TEMPORAL REPRESENTACIÓN JURÍDICA COLPENSIONES 2024, con NIT 901.902.633-1, representada legalmente por MAURICIO ROA PINZÓN, como apoderada de la demandada ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES.

SEGUNDO. - CONCEDER personería jurídica al abogado JUAN ÁLVARO DUARTE RIVERA en los términos de la sustitución conferida.

TERCERO. - ADMITIR la renuncia presentada por la Doctora EDNA KATHERINE GÓMEZ LOSADA, al poder conferido por COLPENSIONES.

NOTIFÍQUESE. ANA LIGIA CAMACHO NORIEGA Magistrada Firmado Por: Ana Ligia Camacho Noriega Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7d5b8f5680ba1ec24ff6ea0d3c9555eb486c53b3452e3311af5eacefa8c20f39 Documento generado en 06/05/2026 03:29:05 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica