Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: Auto 760013110003 2024 00336 01 Garcia

Sala: SALA FAMILIA

Ponente: Claudia Consuelo García Reyes

TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI SALA DE FAMILIA MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA CONSUELO GARCÍA REYES Verbal Divorcio Rad. 760013110003-2024-00336-01 AUTO SF MPCG 100 Santiago de Cali, diecinueve (19) de marzo de dos mil veintiséis (2026) Para los fines eminentemente ligados con el recurso de apelación formulado por la parte demandante JULIANA ANDREA ABADÍA MORALES contra sentencia No. 138 del 11 de septiembre de 2025, emitido por el Juzgado Tercero de Familia de Cali, resulta imperioso dar aplicación a lo dispuesto en el artículo 121 y 625 del Código General del Proceso respecto de la prórroga del término para definir la segunda instancia. Lo anterior obedece a más de la complejidad del asunto, a la carga laboral que presenta el despacho, lo que de contera incide en que se agotara el término primigenio para proferir la decisión de segundo grado, siendo necesario acudir para esos fines, al período adicional de 6 meses que contempla el Código General del Proceso.

En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Unitaria de Familia del Tribunal Superior de Cali,

RESUELVE

PRORROGAR el término para resolver la segunda instancia dentro del proceso de declaración de unión marital de hecho adelantado por JULIANA ANDREA ABADÍA MORALE contra BRYAN STEVENS MESA MAYORGA, hasta por seis (6) meses más, contados a partir del 20 de marzo de 2026.

NOTIFÍQUESE CLAUDIA CONSUELO GARCÍA REYES Magistrada Firmado Por: Claudia Consuelo Garcia Reyes Magistrada Sala De Familia Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c3b0d410b097e668a26d0c0cb22a1e1c29abe6265de01cc0455472de69320768 Documento generado en 19/03/2026 03:31:23 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica