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auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 04. 41001-31-05-002-2019-00217-01 AutoAdmiteConsulta Dr Robles

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público A.I. M.P. Edgar Robles Ramírez. 2019-217 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEXTA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL M.S. EDGAR ROBLES RAMÍREZ Proceso: ORDINARIO LABORAL Radicación: 41001 31 05 002 2019 00217 01 Demandante: TATIANA JIMENA LLANOS POLANÍA Demandado: DEPARTAMENTO DEL HUILA Asunto: AUTO ADMITE CONSULTA Neiva, dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Encontrándose el expediente para resolver, advierte el suscrito Magistrado que mediante auto del 19 de noviembre de 2021, se admitió el recurso de apelación y se corrió traslado a las partes, no obstante, no se emitió pronunciamiento respecto de la admisibilidad del grado jurisdiccional de consulta.

Por ser procedente, de conformidad con lo establecido en el art. 69 del C.P.T.S.S. en concordancia con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, el suscrito magistrado sustanciador, DISPONE: 1. ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta a favor del demandante respecto de la sentencia proferida el 24-sept-2020 2. Ténganse como alegaciones, las presentadas en pretérita oportunidad por las partes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE EDGAR ROBLES RAMÍREZ Magistrado Firmado Por: Edgar Robles Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 005 Decision Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila República de Colombia Rama Judicial del Poder Público A.I. M.P. Edgar Robles Ramírez. 2019-217 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 908d354c381870306bb5d84b9847e403a069a024a741b4e898c3985c6f75caf5 Documento generado en 18/11/2024 09:32:40 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica