Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 009 2017 00688 01 DR ZAMUDIO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., tres (03) julio de dos mil veinticinco (2025). Proceso N.° Clase: Demandante: Demandado: 110013103009201700688 01 RESPONSABILIDAD MÉDICA JUAN CARLOS BENAVIDES MIRANDA RAÚL ARMANDO BENAVIDES MIRANDA y otros. Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación que la parte actora impetró contra la sentencia que el 31 de enero de 2025, profirió el Juzgado 9° Civil del Circuito de Bogotá D.C. En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la parte apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente.

So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ. SC31482021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 594364be055ff3f2a4bc2e5b4cdce640212dfe54e313c9b4c34b00b81f934a8e Documento generado en 03/07/2025 11:55:02 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2