REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. Sala Civil Bogotá D.C., dieciséis (16) de enero de dos mil veintiséis (2026) Expediente No. 024200031429 08 Como la sentencia impugnada se emitió en un proceso declarativo, el recurso fue interpuesto oportunamente (CGP, art. 337) y a la demandada le asiste interés para recurrir en casación, dado que apeló el fallo de primera instancia y el valor actual de la condena a su cargo supera los 1000 SMLMV (C.G.P., art. 338), se concede el recurso de casación que interpuso contra la sentencia de 12 de diciembre de 2025.
Téngase en cuenta que las pretensiones fueron parcialmente concedidas y que la condena ascendió a $22.144.520.624, sin incluir su actualización. Para suspender el cumplimiento del fallo, préstese caución mediante póliza de seguro por $4.500.000.000, en el término de diez (10) días. Esta cifra se fija con miramiento en el monto de la condena, ya referido, y en que su propósito es garantizar el pago de los perjuicios que la suspensión pueda causar, incluidos los frutos civiles (CGP, art. 341, inc. 4).
Prestada la caución, se resolverá sobre la remisión del expediente.
NOTIFÍQUESE, Firmado Por: Marco Antonio Alvarez Gomez Magistrado Sala 006 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bea1c491fce490aa76e410678222a95fdc46256824d3caf84147d23c25a1edfe Documento generado en 16/01/2026 02:50:59 PM República de Colombia Tribunal Superior de Bogotá D.C. Sala Civil Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 Exp.: 110013103024200031429 08