Micelio

auto — Tribunal Superior de Pasto

Radicado: 02. 2022-00284-01 reconoce Personeria Abogada Cedenar

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA LABORAL ORDINARIO LABORAL No. 520013105002-2022-00284-01 (694) CONSUELO CARMELA BOTINA ACHICANOY vs CEDENAR S.A. E.S.P. APELACIÓN DE SENTENCIA San Juan de Pasto, veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede, se tiene que el día 19 de mayo de 2026, se recibió a través del correo electrónico de esta Judicatura, PODER ESPECIAL, otorgado por el representante legal de CEDENAR E.S.P. a favor de la abogada HEIDY DIANA VILLOTA NARVAEZ, igualmente mayor de edad, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 37.124.482 de Ipiales, portadora de la Tarjeta Profesional No145.905 del Consejo Superior de la Judicatura, para que ejerza la defensa de los intereses de CEDENAR E.S.P. en este asunto.

Siendo así, considerando que revisado el poder otorgado se observa que cumple con los requisitos establecidos en el artículo 72 y ss del C.G.P.; es del caso, reconocer personería jurídica para actuar a la profesional del derecho referenciada como apoderada judicial de CEDENAR E.S.P. En consecuencia, la Sala Unitaria,

RESUELVE

PRIMERO. - RECONOCER PERSONERIA ADJETIVA para actuar como apoderada judicial de CEDENAR E.S.P. a la abogada HEIDY DIANA VILLOTA NARVAEZ, igualmente mayor de edad, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 37.124.482 de Ipiales, portadora de la Tarjeta Profesional No145.905 del Consejo Superior de la Judicatura, para los fines y facultades, señaladas en el memorial poder a ella conferido.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PAOLA ANDREA ARCILA SALDARRIAGA Magistrada Ponente RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY, 1 DE JUNIO DE 2026 NOTIFICO LA ANTERIOR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRÓNICOS OSWALDO GIOVANNI CHAPID CHAPID SECRETARIO