Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 78560AutoDeAdmisionDelRecurso78560

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Claudia María Fandiño De Muñiz

080013105005-20250000401 <R.78.560> REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL ASUNTO: APELACIÓN DE AUTO TIPO DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE: DIEGO IVÁN MARTÍNEZ PAREJA DEMANDADA: COOMEVA EMERGENCIA MÉDICA SERVICIO DE AMBULANCIA PREPAGADA.- CEM SAP S.A.S. C.U.I: 080013105005-20250000401 <R.78.560> MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARÍA FANDIÑO DE MUÑIZ Barranquilla, D.E.I y P., veinticinco (25) de agosto de dos mil veinticinco (2025).

Avóquese el conocimiento del presente proceso que le correspondió por reparto a esta Sala y admítase el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del demandante Diego Iván Martínez Pareja, contra el auto que decidió el trámite del incidente, proferido el 21 de julio de 2025. Conforme a lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 13 de la Ley 2213 de 13 de junio de 2022, “Por medio del cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020 y se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención de los usuarios del servicio de justicia y se dictan otras disposiciones”, córrase traslado a las partes por el término común de cinco (5) días para alegar.

Vencido el mismo regrésese el proceso al Despacho. Esta decisión se notificará por la Secretaría de la Sala Laboral a las partes, mediante la anotación en estado Virtual –SIUGJ.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Claudia Maria Fandiño De Muñiz Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1b012a1eb78ff21b96fe99d5c611bbead2089bf4ecc82342af37b01cd1d3333d Documento generado en 25/08/2025 10:19:30 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica