Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: APELACION DE SENTENCIA LUIS ALBERTO OVIEDO MOSQUERA

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA FIJA Nº2 DE DECISIÓN LABORAL Cartagena, dos (02) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Ordinario Laboral Demandante: LUIS ALBERTO OVIEDO MOSQUERA Demandado: ISACOL S.A Y OTROS Radicación: 13001310500120190038401 AUTO Admítase el recurso de apelación presentado por el apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia de 2 de mayo de 2023 proferida por el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del CPTSS, modificado por el artículo 13 de la ley 1149 de 2007.

Córrase traslado por secretaría a las partes para que aleguen por escrito; inicialmente a la parte apelante (parte demandada) por el término de cinco (5) días; vencido este plazo, inmediatamente empezará a correr el traslado por un término igual a la parte no apelante (demandante). Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022.

Surtidos los traslados correspondientes, en orden de evacuación de procesos (por fecha y por asunto) ingrésese el proceso al despacho para proferir decisión de manera escrita, la cual se publicará en el micrositio de edictos de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena en la página web de la Rama Judicial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARGARITA MARQUEZ DE VIVERO Magistrada Ponente