TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA VALLE SALA DE DECISIÓN LABORAL AUTO INTERLOCUTORIO N° 397 Expediente No. 76-111-31-05-001-2022-00025-01 Guadalajara de Buga, catorce (14) de octubre de dos mil veinticinco (2025). Realizado el examen preliminar del asunto y por estar conforme con los lineamientos del art. 69 del C.P.T y S.S, SE ADMITE el grado jurisdiccional de consulta de la sentencia N° 039 del 26 de agosto de 2025, proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Guadalajara de Buga (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia promovido por LUIS EDUARDO BERNAL TABORDA en contra de A.R.L. POSITIVA S.A. Trámite al que fue vinculada la JUNTA NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ, en calidad de litisconsorte.
Así mismo, en atención a lo establecido en artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se procede a ordenar el traslado a las partes por término común de cinco (5) días para que presenten sus alegatos de conclusión. Finalizado el traslado, pase el expediente al despacho para proferir por escrito la sentencia correspondiente. Notifíquese en Estado.
GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 8e22388c091e7aae700e8ca0a0905fc8c3ab82995d9a7256d2ac3cdb72605577 Documento generado en 14/10/2025 06:58:13 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica