Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 72.316-A Auto Requiere Segunda Vez audiencia art. 77

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA – SALA LABORAL DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ MAGISTRADO PONENTE RADICACIÓN UNICA 08-001-31-05-005-2021-00103-01 RADICACIÓN INTERNA 72.316-A TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE DEMANDADO ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES-COLPENSIONES RAFAEL LAUREANO GÓMEZ MURILLO Barranquilla, trece (13) de junio dedos mil veinticuatro (2024).

A través de auto de fecha 4 de abril de 2024, este Despacho ordenó oficiar al JUZGADO QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, a fin de que allegase copia de la grabación de la audiencia surtida en primera instancia, que trata del artículo 77 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, llevada a cabo el 11 de octubre de 2021.

Advirtiéndose que a la fecha no se ha obtenido respuesta; por tal razón, se ordenará a través de Secretaría, que requiera por segunda vez a dicha dependencia judicial, con el propósito de que allegue la audiencia correspondiente al artículo 77 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, previamente referenciada, dentro del término de tres (3) días hábiles contados a partir del recibo de la respectiva comunicación, so pena de las sanciones previstas en el artículo 44 del Código General del Proceso.

En el evento que se imposibilite la comisión de la mentada diligencia, debido a que en los archivos del juzgado no obre copia de lo solicitado, se ordena al A quo que lo comunique a este Despacho a fin de adoptar las medidas pertinentes del caso

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado