Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Lugar y fecha: Medellín, nueve (9) de junio de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Verbal - nulidad Radicado: 05001 31 03 010 2024 00246 01 Demandante: Álvaro Enrique Fernández Tamayo Demandada: Inversiones Fernández Barreneche & CÍA SCA, Jairo Hernán Fernández Tamayo y otros Providencia: Auto que admite apelación Sustanciador/ponente: Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por la parte demandante frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN el 16 de marzo de 2026, en el proceso VERBAL de nulidad adelantado por ÁLVARO ENRIQUE FERNÁNDEZ TAMAYO contra INVERSIONES FERNÁNDEZ BARRENECHE & CÍA SCA, JAIRO HERNÁN FERNÁNDEZ TAMAYO y otros.
De conformidad con lo previsto por el numeral 3° inciso 2° del artículo 323 del Código General del Proceso en el efecto SUSPENSIVO. Radicado Nro. 05001 31 03 010 2024 00246 01 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar sus alegaciones dentro del término de cinco (5) días, al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.
NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. (Firma electrónica) RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Firmado Por: Ricardo Leon Carvajal Martinez Juez Sala 09 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d88b8e1508350f34d79fd8ccc659ef5a38b2e8706aab667a786011ccd05fe2cb Documento generado en 09/06/2026 08:52:29 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado Nro. 05001 31 03 010 2024 00246 01