REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISIÓN PENAL Bucaramanga, ocho (08) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Con fundamento en el artículo 63A de la Ley 270 de 1996 y canon 34, numeral 12, de la Ley 734 de 2002, por la urgencia manifiesta surgida del delito por el cual se procede, la naturaleza del recurso de apelación formulado en la etapa procesal en la que se encuentra, con apego al artículo 292, inciso 2º, de la Ley 906 de 2004, se dispone concederle PRELACIÓN al presente asunto, identificado con el radicado 68001600082820120192500 seguido contra Miguel Ángel Toro Jaramillo por el delito de delito de omisión del agente retenedor o recaudador en concurso homogéneo y sucesivo.
En consecuencia, el Despacho procederá a la presentación del respectivo proyecto de decisión sin sujeción al orden cronológico de reparto e ingreso para el pronunciamiento de segunda instancia. Para el enteramiento de las partes se ORDENA que la Secretaría de la Sala fije copia de esta providencia en el listado de proyectos de registro. Cúmplase.
GUILLERMO ÁNGEL RAMÍREZ ESPINOSA Magistrado