República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTA SALA CIVIL Radicación: Demandante: Demandado: Proceso: Trámite: 110013103031-2021-00228-02 (Exp. 57821) Héctor Leonardo Madrid Soto Bancolombia S.A. y otros Verbal Apelación sentencia – pruebas Bogotá, D. C., dos (2) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).
Respecto de la solicitud de pruebas de la parte demandante concernientes a que se decreten “por ser procedentes, conducentes, útiles y necesarias las solicitadas en: la demanda inicial, la reforma de la demanda y en el memorial que descorrió las excepciones de fondo y (…) como prueba sobreviniente la totalidad del proceso (…) 2020/297”, se deniega debido a que dicha petición no se ajusta a los lineamientos del artículo 327 del Código General del Proceso (Pdf 8, cuad tribunal.).
Reitérase que el referido art. 327 regula el decreto de pruebas en segunda instancia –a solicitud de las partes– en forma restringida, pues únicamente es factible en los eventos excepcionales allí consagrados, ninguno de los cuales ni siquiera se invocan en concreto, de tal manera que no hay cómo evaluar su procedibilidad en segunda instancia. Ejecutoriado esta providencia, vuelva el proceso al despacho.
Cópiese y notifíquese. JOSE ALFONSO ISAZA DAVILA MAGISTRADO TRIBUNAL SUP. DE BOGOTÁ, SALA CIVIL