Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: Auto 760013110014 2004 00557 01 Garcia

Sala: SALA FAMILIA

Ponente: Claudia Consuelo García Reyes

TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI SALA DE FAMILIA MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA CONSUELO GARCÍA REYES Rad. 760013110014-2004-00557-01 AUTO SF MPCG 137 Santiago de Cali, nueve (9) de abril de dos mil veintiséis (2026) Encontrándose para de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante ELIZABETH y MARCO ANTONIO ASTAIZA LIBREROS, contra el auto No.1891 del 17 de octubre de 2024, emitido por el Juzgado Catorce de Familia de Cali, se advierte que, el juzgado de origen informó a esta magistratura que el 18 de febrero de los corrientes, se profirió sentencia de primera instancia, misma que no fue apelada en debida forma por lo que el día 26 del mismo mes fue declarado desierto el alegado recurso.

Teniendo en cuenta lo anterior y, como quiera que en esta instancia judicial está pendiente de decisión del recurso interpuesto, se deberá dar aplicación a las previsiones contenidas en el numeral 3º del artículo 323 del Código General del Proceso, el cual reza: “La circunstancia de no haberse resuelto por el superior recursos de apelación en el efecto devolutivo o diferido, no impedirá que se dicte la sentencia. Si la que se profiera no fuere apelada, el secretario comunicará inmediatamente este hecho al superior por cualquier medio, sin necesidad de auto que lo ordene, para que declare desiertos dichos recursos.” Conforme a lo anterior, habrá de declararse desierto el recurso interpuesto por el demandante.

En consecuencia, se ordenará devolver las presentes diligencias al Juzgado correspondiente. En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión Unitaria de Familia del Tribunal Superior de Cali, RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR desierto el recurso de apelación formulado por la parte demandante contra el auto No.1891 del 17 de octubre de 2024, emitido por el Juzgado Catorce de Familia de Cali.

SEGUNDO: DEVOLVER las presentes diligencias al juzgado de origen y por la Secretaría comuníquese lo aquí dispuesto a las partes intervinientes.

NOTIFÍQUESE CLAUDIA CONSUELO GARCÍA REYES Magistrada Firmado Por: Claudia Consuelo Garcia Reyes Magistrada Sala De Familia Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d56fd39dbcf90619e19ce4b7aeacc0d6e143bd44f6e6adbca18c97ee8b944c80 Documento generado en 09/04/2026 04:32:08 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica