Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2022-00130-01

Sala: SALA LABORAL

Radicación No: 73001-31-05-001-2022-00130-01 República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior del Distrito Judicial Ibagué Sala de Decisión Laboral Ibagué, 23 de octubre de 2025 Clase de proceso: Parte demandante: Parte demandada: Radicación: M. Sustanciador Ordinario Laboral Gabriel Varón Pimiento Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías y Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A. 73001-31-05-001-2022-00130-01 Jair Enrique Murillo Minotta Teniendo en cuenta que la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante providencia AL5656-2025 del 3 de julio de 2025, declaró bien denegado el recurso extraordinario de casación interpuesto por Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías contra la sentencia de segunda instancia, se dispone el obedecimiento y cumplimiento de lo allí resuelto.

(fl.8 expediente electrónico de la Corte). De otro lado, en consideración a que se fijaron las agencias en derecho en el ordinal tercero de la sentencia de segunda instancia proferida el 12 de septiembre de 20241 (fl.14 expediente electrónico de segunda instancia ), estas se incluirán en la liquidación de costas que de manera concentrada realice el juez de primera instancia, conforme a lo reglado en el artículo 366 del Código General del Proceso, aplicable por autorización del artículo 145 del CPTSS.

CÚMPLASE, JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1 Sentencia, Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué - Sala Laboral de 12 de septiembre de 2024 dentro del radicado 7300131-05-001-2022-00130-01: “RESUELVE:

TERCERO: Costas de esta instancia a cargo de COLPENSIONES y COLFONDOS a favor del demandante. Las agencias en derecho se estiman en $1’300.000 a cada una.” Radicación No: 73001-31-05-001-2022-00130-01 7f973b9bf52da09f47ffbcf3992d92cf54270c 4de4819076d5cafaee9e7b43d5 Documento generado en 23/10/2025 03:15:54 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.c o/FirmaElectronica