Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: JEMM SIUGJ AutoAvoca110013105028201800100-01

Sala: SALA LABORAL

Asume (2026-139) 110013105028201800100-01 (SIUGJ) República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral - Despacho 04 Ibagué, 14 de mayo de 2026 Clase de proceso: Juzgado de origen: Parte demandante: Parte demandada: Ordinario Laboral. Juzgado Veintiocho Laboral del Circuito de Bogotá D.C. Nohora Beatriz Peláez Gómez Fondo Nacional del Ahorro, Temporales Uno A Bogotá S.A.S., Optimizar Servicios Temporales S.A., Activos S.A. y S&A Servicios y Asesorías Llamadas en garantía: Liberty Seguros S.A. Hoy HDI Seguros Colombia S.A. y Optimizar Servicios Temporales S.A. Radicación: (2026-139) 110013105028201800100-01 (SIUGJ) Fecha de decisión: Sentencia del 8 de agosto de 2025.

Motivo: Recurso de apelación demandadas Fondo Nacional del Ahorro, Temporales Uno A Bogotá S.A.S., Activo S.A., y la llamada en garantía HDI Seguros Colombia S.A. Asunto: Asume conocimiento – Contrato de trabajo, solidaridad, prestaciones sociales e indemnizaciones M. Sustanciador: Jair Enrique Murillo Minotta. Fecha de reparto: 08/05/2026 I. El asunto.

Con fundamento en los Acuerdos PCSJA25-12362 del 12 de diciembre de 2025 y CSJBTA26-3 del 21 de enero de 2026, proferidos por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, relativos a la redistribución de procesos, se dispone asumir conocimiento del presente asunto, en el estado en que se encuentra, repartido el 8 de mayo de 2026. Atendiendo lo expuesto, el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Ibagué – Sala Laboral - Despacho 04, dispone: 1°.

Asumir el conocimiento del presente trámite, en el estado en que se encuentra, de conformidad con lo dispuesto en los acuerdos PCSJA25-12362 del 12 de diciembre de 2025, CSJBTA26-3 del 21 de enero de 2026, expedidos por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá. 4°. Adviértase que los memoriales deberán presentarse y cargarse únicamente a través de la plataforma SIUGJ, por intermedio de los apoderados judiciales, sistema al cual han tenido acceso desde la actuación de primera instancia. Notifíquese y cúmplase.

Asume (2026-139) 110013105028201800100-01 (SIUGJ) JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado Sustanciador Firmado Por: Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3e775e18c75daf3eb2fbadaf56038b7d10dd6556f8d36b45e2b6a61f18457ac1 Documento generado en 14/05/2026 04:45:04 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica