Micelio

auto — Tribunal Superior de Neiva

Radicado: 16. 41001-31-05-002-2018-00140-01 AutoObedeceSuperior Dr Clara

Ordinario Laboral 41001-31-05-002-2018-00140-01 Jesús Enrique Rojas Oliveros TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEIVA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL FAMILIA LABORAL AUTO No. 383 Neiva, diecinueve (19) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso Ordinario laboral Radicado 41001-31-05-002-2018-00140-01 Demandante Jesús Enrique Rojas Oliveros Demandado Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A. Llamado en garantía Mapfre Colombia Vida de Seguros S.A. OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE, lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral-, en su providencia AL7187-2024 del 28 de noviembre de 2024, mediante la cual resolvió ACEPTAR el DESISTIMIENTO el recurso de casación, respecto de la sentencia del 7 de junio de la misma anualidad, proferida por esta Sala de Decisión Laboral.

Ahora bien, atendiendo la condena en costas impuesta en providencia del 7 de junio de 2024 por la Sala Segunda de Decisión Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva, cuando se desató el recurso de apelación presentado por Porvenir S.A. y Mapfre Colombia Vida y Seguros S.A., contra la Ordinario Laboral 41001-31-05-002-2018-00140-01 Jesús Enrique Rojas Oliveros sentencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Neiva el 27 de junio de 2019, conforme al numeral 3 del artículo 366 del Código General del Proceso,

RESUELVE

PRIMERO: OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral-, en su providencia AL7187-2024 del 28 de noviembre de 2024.

SEGUNDO: SEÑALAR como agencias en derecho a cargo de Porvenir S.A. y Mapfre Colombia Vida y Seguros S.A. y, en favor del señor Jesús Enrique Rojas Oliveros, la suma equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente para el momento de su pago a cada una; conforme al Acuerdo No. PSAA16-10554 del 5 de agosto de 2016, expedido por el Consejo Superior de la Judicatura.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CLARA LETICIA NIÑO MARTÍNEZ Magistrada Firmado Por: Clara Leticia Niño Martinez Magistrada Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Ordinario Laboral 41001-31-05-002-2018-00140-01 Jesús Enrique Rojas Oliveros Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f37c70e5d369f13d08423167c3d13290e19575a5d5590f123ae7b9ef70c47a f5 Documento generado en 19/12/2024 08:37:08 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica