TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZ GRANADOS. Barranquilla, dos (02) de marzo de dos mil veintiséis (2026). PROCESO ORDINARIO LABORAL. RAD. UNICO: 08001310500120230018501 RAD. INTERNO: 77.931 DEMANDANTE: AYDA LUCIANA CABARCAS LOPEZ DEMANDADO: COLPENSIONES Y OTROS Revisado el proceso de la referencia, el cual fue asignado por reparto para desatar el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia, procede avocar su conocimiento.
De igual manera, se observa solicitud de terminación del proceso presentada por el abogado JUAN DAVID MELLAO GONZÁLEZ, quien aduce la representación judicial de COLPENSIONES, sin embargo, no se aportó poder que acreditara tal calidad, por lo tanto, no se tramitará su solicitud, y así se dejará sentado en la parte motiva de esta providencia. Se admitirá el recurso de apelación interpuesto por COLPENSIONES en contra de la sentencia del 16 de diciembre de 2024; de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se correrá traslado a las partes para que presenten sus alegaciones; a los apelantes por el término de cinco (5) días, vencido el término anterior, se correrá traslado a los demás sujetos procésales (si los hubiere) por otros cinco (5) días.
Así mismo se admitirá el grado jurisdiccional de consulta, por resultar adversa la sentencia a una entidad descentralizada respecto de la cual la Nación es garante, como lo dispone el artículo 69 del C.P.T.S.S. Conforme lo anterior, se
RESUELVE
PRIMERO: Avocar el conocimiento del presente proceso.
SEGUNDO: NO TRAMITAR la solicitud de terminación del proceso solicitada por el abogado JUAN DAVID MELLAO GONZÁLEZ, por los motivos antes expuestos.
TERCERO: Admitir el recurso de apelación y el grado jurisdiccional de consulta, respecto de la sentencia del 16 de diciembre de 2024, y córrase traslado para alegar por el término de 5 días hábiles, conforme se indicó en precedencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DÍAZ GRANADOS Magistrado Ponente