Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 002 2023 00274 Consulta

Sala: SALA LABORAL

REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: LLAMADA EN GARANTÍA: PROCESO ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA 05360 31 05 002 2023 00274 01 YONY ALBERTO PÉREZ CASTAÑEDA ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES, SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PORVENIR SA Y COLFONDOS SA PENSIONES Y CESANTIAS COMPAÑÍA DE SEGUROS BOLIVAR SA Medellín, tres (3) de marzo de dos mil veinticinco (2025) AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta a favor de Colpensiones respecto de la sentencia proferida el 18 de febrero de 2025 por el Juzgado 2° Laboral del Circuito de Itagüí, en aplicación del art. 14 de la Ley 1149 de 2007.

De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por Secretaría regresen las diligencias al Despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/Eh6O7RHEZGx Dvl1CjNslsI4BdvrD1ypBiOS6G-98IXwriw?e=92pEAI Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0e02844d931989b997721c1786833fe522303677420007912ed23d9911621976 Documento generado en 03/03/2025 10:03:43 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica