TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO Sala Civil – Familia – Laboral Magistrada ponente CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Sincelejo, quince (15) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia Demandante Demandado Consecutivo: Ordinario Laboral: Ramiro De Jesús Domínguez Buelvas: Colpensiones: 70001310500220170039601 En atención a lo manifestado por el apoderado judicial del extremo demandante en memorial elevado en fecha 12 de noviembre de 2024, esta Magistratura con fundamento en lo previsto en el art. 286 del CGP, aplicable por analogía al rito laboral -art. 145 del CPTSS-, procede a corregir el error involuntario plasmado en el auto calendado 7 de noviembre de 2024, a través del que, se decretó probanzas en segunda instancia. Ello, en razón a que, revisado el encabezado y cuerpo de la citada providencia, se atisba que en ella aparece identificado como demandante: “Carlos Nicolas Rodríguez López”, y se pide información sobre dicha persona; cuando quien en realidad funge como tal es el señor “Ramiro De Jesús Domínguez Buelvas”, portador de la CC No. 9.308.683 de Corozal – Sucre.
En tal sentido, y en vista de que, aún por parte de Secretaría no se había procedido a la remisión de las comunicaciones de lo ordenado en el referido auto adiado 7 de noviembre de 2024, se, RESUELVE:
PRIMERO: CORREGIR el contenido del auto adiado 7 de noviembre de 2024 proferido por esta Magistratura, en el sentido de precisar que la parte demandante está conformada por el señor RAMIRO DE JESÚS DOMÍNGUEZ BUELVAS y, la información requerida tanto a COLPENSIONES como a la GOBERNACIÓN DE SUCRE, es en relación al mentado señor RAMIRO DE JESÚS DOMÍNGUEZ BUELVAS, identificado con CC No. 9.308.683 de Corozal – Sucre.
SEGUNDO: POR SECRETARÍA, téngase en cuenta la anterior enmienda al momento de elaborar los oficios con que se comunique la ordenación contenida en el auto adiado 7 de noviembre de 2024. NOTÍFIQUESE y CÚMPLASE CLAUDIA PATRICIA PIZARRO TOLEDO Magistrada Firmado Por: Claudia Patricia Pizarro Toledo Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e04271c765b8184640c6acc799168d7c2215209e57f316f9b0d7fa9d618bed5f Documento generado en 15/11/2024 11:13:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica