Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 011-2022-00439 AUTO QUE RESUELVE

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN-SALA LABORAL Medellín, veintiocho (28) de febrero de dos mil veinticinco (2025) En atención al memorial virtual remitido por el abogado RAÚL CATAÑO ARANGO, quien dice apoderar a MARIA ESPERANZA BENÍTEZ GÓMEZ y CESAR JULIO NIÑO MEJÍA, al interior del proceso con radicado 05001310501120200043901, en el que solicita aclaración frente a unas inconsistencias presentadas con el mismo, es del caso señalar que, debido a un error involuntario en la radicación del proceso 05001310501120220043901, se ingresó al sistema de esta Corporación con el radicado 05001310501120200043901, proceso sobre el cual, de manera equivocada, se registró el auto que admitía el recurso de apelación y/o la consulta y, así mismo, se corría traslado para alegar, situación que al día de hoy se encuentra completamente corregida, en tanto fue radicado correctamente a este Despacho el proceso identificado con el número 05001310501120220043901, en el que actúa como demandante la señora JAZMÍN ALEJANDRA TABARES TABAREZ, y demandada COLFONDOS PENSIONES Y CESANTÍAS S.A., siendo vinculada en calidad de interviniente ad excludendum la menor Jazmín Correa Tabares, y llamada en garantía la sociedad MAPFRE COLOMBIA VIDA SEGUROS S.A. Notifíquese por ESTADOS electrónicos.

El Magistrado, Certifico: Que el auto anterior fue notificado por ESTADOS N° 036, fijados en la página web de la Rama Judicial, el 3/03/2025 a las 8:00 am. ____________________________ Secretario.