LISBETH DEL SOCORRO NIEBLES MEJIA Magistrada ponente 79.037 Radicación N.° 08001-31-05-015-2024-00071-01 Barranquilla, Atlántico, treinta (30) Enero de dos mil veintiséis (2026) Recibido el expediente correspondiente al proceso ordinario laboral instaurado por la señora NEGIA BUITRAGO DE VARGAS, en contra ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES, mediante la cual se concede el recurso de apelación proferido por el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Barranquilla contra la sentencia de fecha 14 de febrero de 2025, procede este despacho a su estudio.
CONSIDERANDO
Que el Juzgado Quince Laboral del Circuito De Barranquilla profirió sentencia el día 14 de febrero de 2025, dentro del presente proceso ordinario laboral. Que, dentro del término legal previsto, la parte demandante, NEGIA BUITRAGO DE VARGAS, así como el demandado ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES, interpusieron recurso de apelación contra dicha decisión. Radicación N.° 08001-31-05-015-2024-00071-01 Que, una vez verificados los requisitos formales y materiales de competencia, el despacho encuentra procedente admitir el recurso de apelación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se correrá traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días, iniciando con la parte apelante.
Por lo antes expuesto el Despacho 007 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla,
RESUELVE
Primero: Admitir el recurso de apelación, contra la sentencia de fecha 14 de febrero de 2025, proferida por el Juzgado Quince Laboral del Circuito de Barranquilla. Segundo: Correr traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días cada una, iniciando con las apelantes, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LISBETH NIEBLES MEJIA Magistrada Despacho 007 Sala Tercera de Decisión Laboral Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla 08001-31-05-015-2024-00071-01 Firmado Por: Lisbeth Del Socorro Niebles Mejia Magistrada Sala Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto 2 Radicación N.° 08001-31-05-015-2024-00071-01 en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 605a78b81c3e53747b710c9dfa82aebfc075a41a1b83d5d8d22efdd0e685c5c6 Documento generado en 30/01/2026 08:28:15 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3