República de Colombia Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Valledupar Sala Unitaria Civil – Familia – Laboral HERNÁN MAURICIO OLIVEROS MOTTA Magistrado Ponente PROCESO: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: DECISIÓN: FAMILIA- UNIÓN MARITAL DE HECHO 20178-31-84-001-2022-00141-01 MILENA PEÑA GUERRERO MONICA MERCEDES ANGARITA DECLARA DESIERTO RECURSO Valledupar, cuatro (4) de agosto de dos mil veinticinco (2025).
Mediante auto de 2 de mayo de 2024, debidamente notificado por estado No. 066 del 3 del mismo mes1, se concedió a la parte demandada, Mónica Mercedes Angarita, un término de cinco (5) días para sustentar por escrito el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de 12 de octubre de 2023, conforme a lo dispuesto en la Ley 2213 de 2022.
No obstante, vencido dicho plazo y constatada la ausencia de la respectiva sustentación, tal como se informó en la nota secretarial de 28 de mayo de 2024, se impone aplicar la consecuencia jurídica prevista para estos eventos, esto es, la declaración de desierto del recurso de apelación. Consultado en: https://portalhistorico.ramajudicial.gov.co/documents/35989911/176893614/AD MITE+RECURSO+2022-00141.pdf/f645e277-65b6-4f09-b15c-5e2a23f30f89 1 20178-31-84-001-2022-00141-01 En mérito de lo expuesto, el suscrito Magistrado integrante de la Sala de Decisión Nro. 4 Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar.
RESUELVE
PRIMERO: DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por Mónica Mercedes Angarita contra la sentencia de 12 de octubre de 2023, proferida por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Chiriguana – Cesar.
SEGUNDO: Devuélvase el expediente del proceso al juzgado de origen para su cargo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNÁN MAURICIO OLIVEROS MOTTA Magistrado