República de Colombia Departamento del Valle del Cauca Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI SALA UNITARIA CIVIL RECURSO DE ANULACIÓN RAD. No.76001-91-11-000-2024-00003-00 (1010) Magistrado Sustanciador: JORGE JARAMILLO VILLARREAL Santiago de Cali, julio diez (10) de dos mil veinticuatro (2024) El secretario del Tribunal de Arbitramento del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Cali, ha remitido recurso extraordinario de anulación interpuesto por el apoderado judicial de Cristal Paola Caicedo Meléndez, Stefanie Caicedo Meléndez, Juan Camilo Caicedo Meléndez, en contra del laudo arbitral proferido el 12 de marzo de 2024 y la aclaración realizada el 21 de marzo siguiente por el mismo Tribunal, en el proceso promovido por Christian Caicedo Sanz, Esteban Caicedo Sanz y Camilo Caicedo Sanz, en contra de los recurrentes.
Visto que el expediente electrónico fue enviado en su plenitud y que el recurso ha sido interpuesto dentro del término legal fundamentado en las causales 1,2, 8 y 9 del Art. 41 de la Ley 1563 de 2012 sobre las cuales sustenta, habiéndose dado traslado a los demandantes principales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 de la precitada Ley, se
RESUELVE
ADMÍTASE el recurso extraordinario de anulación interpuesto por la parte demandada con fundamento en las causales descritas en los Recurso de anulación Rad. 76001-91-11-000-2024-00003-00 (1010) numerales 1, 2, 8 y 9, del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012, en contra del laudo arbitral proferido el 12 de marzo de 2024 y la providencia que niega la aclaración del 21 de marzo del mismo año, por el Tribunal de Arbitramento del Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Cali, en el proceso ya indicado (art. 42 L. 1563/12).
NOTIFÍQUESE JORGE JARAMILLO VILLARREAL Magistrado